El TSJB condena al Golf de Son Servera a readmitir a un candidato de UGT por vulnerar el derecho a la libertad sindical

El TSJB declara nulo el despido de un candidato de UGT a las elecciones sindicales y resuelve que el Club de Golf de Son Servera vulneró el derecho a la libertad sindical


El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha resuelto que el Club de Golf de Son Servera vulneró el derecho fundamental a la libertad sindical de un candidato de UGT a las elecciones del centro de trabajo en mayo de 2019 al despedirlo unos días antes.

La sentencia del TSJB, fechada el 15 de junio, declara nulo el despido y condena al Club de Golf de Son Servera a la “inmediata” readmisión del trabajador con el abono de 50,31 euros diarios desde la fecha del despido en concepto de salarios dejados de percibir.

La reciente resolución judicial estima el recurso de suplicación de UGT contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 5, de octubre de 2019, que estimada en parte la demanda del afiliado de UGT, pero solo declaraba la improcedencia del despido y no su nulidad.

El TSJB considera un “indicio fundado de vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical” el hecho de que fueran despedidos los dos trabajadores que iban a formar parte de la candidatura de UGT, y poco después de la celebración de una asamblea convocada por el sindicato para promover el proceso electoral.

El magistrado subraya en la sentencia que no existe “ningún tipo de racionalidad ni proporcionalidad” entre las razones aportadas en la carta de despido y la decisión del Club de Golf de Son Servera de echar a un trabajador que acumulaba tres años de antigüedad a través de contratos temporales, y que nunca había sido sancionado o apercibido por la empresa.

Afirma que la determinación de rescindir el contrato al candidato de UGT se tomó en los días posteriores de la asamblea y a la presentación del preaviso electoral.

“El hecho que el trabajador no hubiera desarrollado ningún tipo de actividad sindical o que su afiliación al sindicato UGT se hubiera producido de manera casi simultánea a la asamblea no permite desvirtuar los indicios de vulneración de la libertad sindical”, explica el magistrado de la Sala Social del TSJB.

UGT ha mostrado su “satisfacción” por una sentencia que hace justicia a un trabajador que fue despedido por el “simple” hecho de ejercer su derecho a presentarse a unas elecciones sindicales, y confía en que el Club de Golf de Son Servera no recurra en casación al Supremo.